Skip to content

EB146.R8

EB146
EB146.R8 Atención oftálmica integrada y centrada en la persona, incluidas la ceguera y la discapacidad visual prevenibles 1
El Consejo Ejecutivo,
Habiendo examinado el informe sobre la atención oftálmica integrada y centrada en la persona,
incluidas la ceguera y la discapacidad visual prevenibles, 2
RECOMIENDA a la 73.ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la siguiente resolución:
( Novena sesión, 6 de febrero de 2020)
La 73.ª Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe del Director General sobre la atención oftálmica integrada y centrada en la persona, incluidas la ceguera y la discapacidad visual prevenibles, que se basa en el Informe mundial sobre la visión; 3
Recordando las resoluciones WHA51.11 (1998), sobre la eliminación mundial del tracoma causante de ceguera, WHA56.26 (2003), sobre la eliminación de la ceguera evitable, WHA59.25 (2006) y WHA62.1 (2009), sobre la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables, WHA66.12 (2013), sobre enfermedades tropicales desatendidas, y WHA66.4 (2013), titulada «Salud ocular universal: un plan de acción mundial 2014-2019»;
Teniendo presente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 (Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades), y  reconociendo las importantes convergencias entre la salud ocular y otros Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el Objetivo 1 (Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo), el Objetivo 4 (Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos), el Objetivo 5 (Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas), el Objetivo 6 (Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos), el Objetivo 8 (Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos) y el Objetivo 10 (Reducir la desigualdad en los países y entre ellos);
Recordando la declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal, 4 en la que se recoge el compromiso de intensificar los esfuerzos por hacer frente a los problemas de salud ocular como parte de la cobertura sanitaria universal;
Reconociendo que al menos 2200 millones de personas viven con discapacidad visual o ceguera, de las cuales al menos 1000 millones de personas tienen discapacidad visual que podría haberse prevenido o que todavía está por tratar; 5
Admitiendo que la vasta mayoría de las personas con discapacidad visual vive en países de ingresos bajos y medianos, que con frecuencia cuentan con recursos limitados y que pueden carecer de estrategias para prevenir o corregir la discapacidad visual, y  teniendo presente la mayor prevalencia de la discapacidad visual en las zonas rurales y remotas;
Tomando nota del efecto considerable de la discapacidad visual en el desarrollo, los resultados académicos, la calidad de vida, el bienestar social y la independencia económica de las personas, así como en la sociedad, con la imposición de cargas desproporcionadas sobre poblaciones subatendidas y vulnerables;
Consciente de que la mayoría de las causas y efectos de la discapacidad visual se pueden prevenir o corregir, respectivamente, si se detectan prontoy se gestionan a tiempo, y que en el nivel de la atención primaria de salud pueden ofrecerse intervenciones costoeficaces de promoción de la salud ocular y de prevención, tratamiento y rehabilitación para responder a las necesidades asociadas a las afecciones oculares y la discapacidad visual, pero que hay variaciones considerables en el acceso a los servicios de atención oftálmica de una población a otra y en el uso que se hace de dichos servicios;
Observando que las cataratas y el error de refracción no corregido son las causas principales de ceguera y discapacidad visual y que existen intervenciones eficaces para ambos, y  haciendo hincapié en la necesidad de mejorar el acceso de todas las personas a esas intervenciones en todo el mundo;
Preocupada por las trabas a la disponibilidad y accesibilidad de los servicios de atención oftálmica, como la cirugía de cataratas, los servicios de corrección de los errores de refracción y la distribución de gafas, y en particular por la escasez de personal de salud debidamente capacitado, la insuficiente colaboración intersectorial, las dificultades de acceso para las personas que viven en zonas rurales y remotas, los factores socioeconómicos y culturales, las inequidades y los costos de los servicios;
Preocupada también por la creciente prevalencia de la miopía, especialmente la relacionada con el modo de vida entre los niños, en particular el uso intensivo de la visión cercana y el poco tiempo dedicado al esparcimiento al aire libre;
Observando que para lograr las metas mundiales en relación con las enfermedades tropicales desatendidas que causan ceguera prevenible, en particular el tracoma y la oncocercosis, se requiere que los sistemas de salud tengan la capacidad y los recursos adecuados para registrar documentalmente, identificar, cribar y tratar dichas enfermedades por medio de estrategias definidas, y, tras verificar o validar la eliminación, conseguir que esas personas sigan recibiendo atención oftálmica con el fin de gestionar esas afecciones y sus complicaciones;
Observando también que muchas afecciones oculares no causan generalmente discapacidad visual, pero que pueden igualmente conllevar dificultades personales y financieras debido a las necesidades de tratamiento conexas; y que algunas de esas afecciones, como el pterigión, si no se tratan pueden desembocar en discapacidad visual y ceguera;
Reconociendo que se espera que las necesidades mundiales en materia de atención oftálmica se incrementen considerablemente en las próximas décadas a causa de las tendencias demográficas y en los modos de vida, en particular el envejecimiento de las poblaciones en todo el mundo, dado que se prevé que el número de personas con ceguera se triplique de aquí a 2050, se espera que aumenten considerablemente los casos de cataratas, glaucoma, retinopatía diabética, error de refracción no corregido y degeneración macular asociada a la edad, y que la mitad de la población mundial tenga miopía, y  subrayando la importancia de la prevención, la detección temprana y el tratamiento para contener e invertir esos incrementos;
Observando que los avances científicos y tecnológicos, en particular los nuevos métodos de cribado y la telemedicina, tienen gran potencial para impulsar aún más la atención oftálmica, en particular la detección, diagnóstico y tratamiento tempranos;
Reconociendo la necesidad de lograr acceso equitativo a servicios de atención oftálmica seguros, eficaces, asequibles y de calidad;  tomando nota de que los modelos de prestación de los servicios difieren de un país a otro e incluso dentro de un mismo país; y  reconociendo la necesidad de reglamentación, supervisión y colaboración eficaces entre gobiernos y otras partes interesadas, en particular el sector privado, según proceda;
Agradeciendo los esfuerzos realizados en los últimos años por la Secretaría, los Estados Miembros y los asociados internacionales para prevenir y tratar la discapacidad visual, pero  consciente de la necesidad de aplicar más medidas,
1.
INSTA a los Estados Miembros, teniendo en cuenta sus circunstancias y prioridades nacionales, a que tomen medidas para aplicar las recomendaciones recogidas en el Informe mundial sobre la visión, en particular con el fin de: lograr que la atención oftálmica forme parte integral de la cobertura sanitaria universal; incorporar en los sistemas de salud la atención oftálmica integrada y centrada en la persona; promover investigaciones de alta calidad sobre su aplicación y sobre los sistemas de salud que complementen los datos probatorios que ya existen para respaldar intervenciones eficaces de atención oftálmica; vigilar las tendencias y evaluar los progresos logrados en la aplicación de atención oftálmica integrada y centrada en la persona; y sensibilizar a la población y las comunidades, empoderarlas y colaborar con ellas con respecto a las necesidades de atención oftálmica;
2.
EXHORTA a los asociados, en particular a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, para que apoyen a los Estados Miembros, según proceda, en la aplicación en el ámbito nacional de las recomendaciones del Informe mundial sobre la visión;
3.
PIDE al Director General :
1)
que preste apoyo técnico a los Estados Miembros para que apliquen las recomendaciones del Informe mundial sobre la visión como parte del apoyo para lograr la cobertura sanitaria universal;
2)
que elabore orientaciones adicionales sobre intervenciones y enfoques costoeficaces y de base científica para facilitar la integración de la atención oftálmica en la cobertura sanitaria universal, teniendo presente que los enfoques tendrán que adaptarse a los diferentes contextos, presupuestos y modelos nacionales de prestación de servicios de salud;
3)
que apoye la creación de un programa mundial de investigación sobre salud ocular que incluya investigaciones sobre los sistemas de salud y las políticas, y la innovación tecnológica para una atención oftálmica asequible, así como la vigilancia que fomente las comparaciones entre países para hacer un seguimiento de los progresos en el ámbito mundial;
4)
que prepare, en consulta con los Estados Miembros, recomendaciones sobre metas mundiales factibles para 2030 sobre atención oftálmica integrada y centrada en la persona, prestando especial atención a la cobertura eficaz del error de refracción y la cobertura eficaz de la cirugía de cataratas, para someterlas al examen de la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2021, por conducto del Consejo Ejecutivo en su 148.ª reunión;
5)
que informe sobre los progresos en la aplicación de la presente resolución a la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2024, y que vele por que la salud ocular se incluya en los informes periódicos que se presenten sobre la resolución WHA69.11 sobre la salud en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (2016).
En el anexo 7 figuran las repercusiones financieras y administrativas de esta resolución para la Secretaría.
Documento EB146/13.
Informe mundial sobre la visión. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2019 ( https://apps.who.int/iris/handle/10665/328717, en inglés), consultado el 28 de enero de 2020.
Resolución 74/2 (2019) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Informe mundial sobre la visión. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2019 ( https://apps.who.int/iris/handle/ 10665/328717,en inglés), consultado el 28 de enero de 2020.
Back to top