Skip to content

WHA77.12

WHA77
WHA77.12 Fortalecimiento de la salud y el bienestar a través de eventos deportivos 1, 2
La 77.ª Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe consolidado del Director General; 3
Reafirmando el compromiso con los principios de la Declaración de Alma-Ata sobre Atención Primaria de Salud (1978), la Carta de Ottawa para la Promoción de la Salud (1986), la Declaración de Yakarta sobre la Promoción de la Salud en el Siglo XXI (1997), la Carta de Bangkok para el Fomento de la Salud en un Mundo Globalizado (2005) y otros acuerdos internacionales pertinentes sobre promoción de la salud y prevención de enfermedades;
Recordando que la carga mundial de enfermedades no transmisibles representa el 74 % de todas las muertes mundiales y 1620 millones de años de vida ajustados en función de la discapacidad, y observando con preocupación la creciente prevalencia de enfermedades no transmisibles, traumatismos y otros problemas de salud;
Reafirmando la importancia de promover los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas establecidos en 2015 (resolución 70/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas) , en particular el Objetivo 3, y reconociendo al mismo tiempo la falta de progresos en el cumplimiento de la meta 3.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible consistente en, para 2030, reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante la prevención y el tratamiento y promover la salud mental y el bienestar, así como la resolución 75/18 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el deporte como facilitador del desarrollo sostenible y la iniciativa emblemática de la UNESCO basada en el deporte «En forma para la vida»;
Reconociendo la importancia del Plan de Acción (2022-2030) con el fin de Aplicar Eficazmente la Estrategia Mundial para Reducir el Uso Nocivo del Alcohol como Prioridad de Salud Pública (decisión WHA75(11) (2022)), así como del Plan de Acción Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles 2013-2020 (resolución WHA66.10 (2013)), prorrogado hasta 2030, y de su llamado a favor de la adopción de medidas multisectoriales para abordar los factores determinantes de las enfermedades no transmisibles, incluidas las relacionadas con la inactividad física, la alimentación poco saludable y las desigualdades sociales;
Reconociendo el efecto fundamental de la actividad física regular en la salud tanto física como mental, así como el preocupante déficit en el cumplimiento de los niveles de actividad física recomendados por la OMS e incluidos en el Plan de Acción Mundial sobre Actividad Física 2018‑2030 (resolución WHA71.6 (2018)) y los desafíos representados por la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19);
Sobre la base de la resolución WHA75.19 (2022) acerca de la promoción del bienestar y la salud y de la decisión WHA76(22) (2023), titulada «Lograr el bienestar: un marco mundial para integrar el bienestar en la salud pública mediante un enfoque de promoción de la salud», así como de las resoluciones WHA76.2 (2023)  acerca de la integración de la atención quirúrgica y los cuidados intensivos y de urgencias para la cobertura sanitaria universal y la protección frente a emergencias sanitarias y WHA76.7 (2023) relativa a las ciencias del comportamiento para mejorar la salud;
Reconociendo los importantes desafíos relacionados con la seguridad en materia de salud de los eventos deportivos y reafirmando la resolución WHA74.7 (2021) sobre el fortalecimiento de la preparación y respuesta de la OMS frente a emergencias sanitarias, en la que se subraya que la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias es primordialmente responsabilidad y una función esencial de los gobiernos, así como la resolución WHA75.7 (2022) sobre el fortalecimiento de la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias en las ciudades y los entornos urbanos, en la que se reconoce la importante función que desempeñan las ciudades y las autoridades locales en la prevención, preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias;
Reafirmando las resoluciones adoptadas en periodos de sesiones anteriores de la Asamblea General de las Naciones Unidas y de la Asamblea de la Salud en las que se hace hincapié en la importancia de la colaboración entre los sectores público y privado, con el fin de promover la integración de la salud en los eventos deportivos, de plena conformidad con el Marco para la Colaboración con Agentes No Estatales (resolución WHA69.10 (2016));
Reconociendo la importante función que desempeña el deporte en la promoción de la salud y el bienestar y la importancia de los eventos deportivos como canal para llegar a un gran número de personas, así como la influencia de los eventos deportivos en la sociedad a todos los niveles y su potencial para influir en el comportamiento, la salud física y mental y el bienestar de los seres humanos;
Reconociendo que el deporte desempeña una función importante en la promoción del respeto de los derechos humanos y es un puente entre culturas para promover el diálogo, el entendimiento mutuo, la equidad, la no discriminación, el respeto y la igualdad de oportunidades para todos, como menciona la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas, y reconociendo el amplio alcance del deporte, que puede ser una vía para el cambio social mediante el empoderamiento y la inclusión;
Reconociendo la importancia del acceso al deporte y a la actividad física sostenible para todos, incluidas las personas con discapacidad, de conformidad con las resoluciones WHA74.8 (2021) relativa al más alto nivel posible de salud para las personas con discapacidad y WHA76.6 (2023) sobre el fortalecimiento de la rehabilitación en los sistemas de salud, teniendo en cuenta que las personas con discapacidad se ven confrontadas con mayores obstáculos para acceder a los deportes y a los eventos deportivos, entre los cuales figura la infraestructura que no permite su participación;
Destacando el potencial de las tecnologías digitales para lograr mejoras en los resultados en materia de salud, como se indica en la resolución WHA71.7 (2018) sobre salud digital y, en este sentido, promover la innovación en la planificación, organización y evaluación de los eventos deportivos y de otro tipo, así como para mejorar las mediciones de la actividad física, la vigilancia epidemiológica, el cambio de comportamiento y la innovación,
1.
INSTA a los Estados Miembros a que, de acuerdo con el contexto y las prioridades nacionales, tengan a bien:
1)
aprovechar el poder de los eventos y los entornos deportivos, con arreglo a la mejor evidencia disponible, para afrontar desafíos de salud pública más amplios, como la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias, las enfermedades no transmisibles, la violencia y los traumatismos, los problemas de salud mental y la inclusión social, y mejorar el bienestar de la sociedad mediante la colaboración y las alianzas con todas las partes interesadas pertinentes, evitando al mismo tiempo el riesgo de que haya influencias indebidas, a través de medidas de transparencia y rendición de cuentas, y los posibles efectos negativos en la salud de las personas;
2)
aplicar medidas de promoción de la salud eficaces y basadas en la evidencia en los eventos deportivos a escala internacional, regional y nacional y en los entornos deportivos de ámbito subnacional organizados y basados a nivel comunitario, incluso mediante la utilización de tecnologías digitales innovadoras, así como de las ciencias del comportamiento, para mejorar los efectos en la salud de la población a través de la reducción de los factores de riesgo de enfermedades no transmisibles y la mejora de la salud mental y social, y del bienestar;
3)
facilitar y reforzar la capacidad de preparación, disposición operativa y respuesta frente a emergencias sanitarias y asegurarse de que las actividades se planifican aplicando un enfoque basado en los riesgos y se ejecutan en consonancia con las orientaciones de la OMS relativas a las concentraciones multitudinarias a fin de evitar consecuencias adversas para la salud y mantener y reforzar el pleno funcionamiento de los sistemas de salud existentes sin que haya perturbaciones ni sobrecargas durante los eventos deportivos;
4)
cooperar con la OMS y otras organizaciones pertinentes, según proceda, en la preparación de megaeventos deportivos, incluso mediante la planificación y respuesta en materia de atención médica de emergencia, así como aplicando los principios y las normas básicas y técnicas de la iniciativa Equipos Médicos de Emergencia, según proceda;
5)
velar por que en los eventos y entornos deportivos se adopten medidas para apoyar de las prioridades mundiales en materia de salud, entre ellas la actividad física, el aire y el agua no contaminados y la alimentación más saludable, para limitar la comercialización de productos no saludables y prohibir o restringir la publicidad, la promoción y el patrocinio del tabaco, de conformidad con el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, para promover políticas relativas a las bebidas alcohólicas de conformidad con el Plan de Acción (2022-2030) de la OMS con el fin de Aplicar Eficazmente la Estrategia Mundial para Reducir el Uso Nocivo del Alcohol como Prioridad de Salud Pública, y para reducir al mínimo las consecuencias negativas de los juegos de azar en la salud y el bienestar;
6)
integrar, como parte de los objetivos de los eventos deportivos, la promoción de la actividad física regular, adaptada y sostenible para personas de todas las edades y capacidades, así como la movilidad no contaminante que sea sostenible y segura, contribuyendo así al control y mejora de la calidad del aire;
7)
animar a los organizadores de eventos deportivos a que lleven a cabo evaluaciones de los efectos en la salud de estos eventos, su legado y los programas asociados a ellos, para orientar la toma de decisiones, la planificación y la evaluación basadas en la evidencia, según proceda, y a que se aseguren de que se cuenta con la planificación y los recursos adecuados para efectuar evaluaciones a corto, medio y largo plazo después de los eventos, con el fin de evaluar sus efectos en la salud pública, incluida la relación entre los costos y los beneficios para la sociedad que se derive de estas actuaciones;
8)
intercambiar y reconocer las mejores prácticas, las enseñanzas extraídas y los enfoques innovadores empleados para integrar la promoción de la salud en el deporte y los eventos deportivos, y fomentar la colaboración, la investigación y el intercambio de conocimientos a escala mundial con el fin de fundamentar las políticas de salud pública, en todos los sectores, incluso a través de las actividades específicas de la OMS y las Redes de Ciudades Saludables, con el objetivo de mejorar la salud y establecer entornos urbanos que favorezcan el bienestar, reduzcan las desigualdades en materia de salud y mejoren la resiliencia de las comunidades;
9)
aumentar la accesibilidad a los eventos deportivos y a las intervenciones inclusivas que fomenten el deporte y la actividad física como parte del legado de los eventos deportivos en los entornos comunitarios, incluidos los clubes deportivos, las instituciones educativas, los centros médicos y sociales y los lugares de trabajo, utilizando enfoques basados en la evidencia, con el fin de aumentar la participación en el deporte y la actividad física, al tiempo que se presta especial atención a satisfacer las necesidades de los grupos de población más vulnerables y desfavorecidos, y a reducir las inequidades en materia de salud;
10)
fomentar las oportunidades y las alianzas con las partes interesadas pertinentes, tratando al mismo tiempo de evitar el riesgo de que se produzcan influencias indebidas, para aplicar y evaluar el uso de intervenciones y campañas de sensibilización y de cambio de comportamiento destinadas a promover la salud y el bienestar mediante eventos deportivos, incluso a través de las plataformas de los medios de comunicación convencionales y de las redes sociales, en función del contexto y del público destinatario, y reunir pruebas sobre enfoques costoeficaces;
11)
estudiar la posibilidad de establecer un día del deporte y la actividad física que se celebre cada año a nivel nacional para potenciar la defensa y la promoción de los beneficios del deporte y la actividad física en la salud y el bienestar;
12)
mejorar la colaboración y las alianzas con otras partes interesadas pertinentes, tratando de evitar el riesgo de influencias indebidas, para diseñar y probar nuevas formas de dotar de recursos a la promoción de la salud en los eventos deportivos y a través de ellos y de su legado;
2.
INVITA a otras organizaciones internacionales y agentes no estatales pertinentes a que cooperen con los Estados Miembros para:
1)
aplicar conjuntamente medidas de promoción de la salud eficaces y basadas en la evidencia, contribuir a la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias cuando se organicen eventos deportivos, y prestar apoyo a la preparación y la respuesta con el fin de promover y proteger la salud de la población, mejorar el bienestar a nivel comunitario y mitigar cualquier efecto negativo en su salud;
2)
reforzar las alianzas con otras partes interesadas pertinentes y aprovechar experiencias y recursos para ayudar a promover la salud a través de eventos deportivos basándose en la transparencia, la apertura, la inclusión, la rendición de cuentas, la integridad y el respeto mutuo;
3)
prestar apoyo a la evaluación de la promoción de la salud y la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias en los eventos deportivos, y facilitar dichos datos e información para reforzar la base de evidencias asociada a la planificación, la ejecución y la evaluación de los eventos deportivos y su legado a corto, medio y largo plazo;
3.
PIDE al Director General que tenga a bien:
1)
generar y ampliar la base de evidencias sobre los efectos a corto, medio y largo plazo de los eventos deportivos y los programas relativos a su legado en la salud;
2)
elaborar orientaciones técnicas para los Estados Miembros sobre el modo de aplicar y aprovechar las oportunidades y el alcance de los eventos deportivos y los programas relativos a su legado, con el fin de mejorar la salud y el bienestar, reducir al mínimo sus posibles efectos perjudiciales para la salud y prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que la soliciten para aplicar las orientaciones en el contexto nacional;
3)
proporcionar a los Estados Miembros el apoyo, la formación y los instrumentos técnicos adecuados para llevar a cabo evaluaciones del impacto en la salud de los eventos deportivos y sus legados;
4)
brindar formación y asistencia técnica a los Estados Miembros que las soliciten sobre la aplicación de las orientaciones e instrumentos existentes de la OMS en materia de concentraciones multitudinarias, en particular para establecer equipos médicos de emergencia, según proceda, y elaborar los instrumentos adicionales que sean necesarios para planificar, ejecutar y evaluar eventos deportivos;
5)
establecer una plataforma para coordinar los esfuerzos y las actividades de los Estados Miembros a fin de facilitar el intercambio de experiencias y mejores prácticas para lograr sinergias y aumentar los efectos positivos en la salud y el bienestar de los eventos deportivos y los programas relativos a su legado;
6)
prestar apoyo a los Estados Miembros para que aprovechen eficazmente las jornadas nacionales e internacionales apropiadas sobre el deporte o las cuestiones pertinentes relativas a la salud a fin de resaltar la importancia de la actividad física y el deporte para promover la salud y el bienestar;
7)
establecer y reforzar alianzas con otras organizaciones internacionales y agentes no estatales, de plena conformidad con el Marco para la Colaboración con Agentes No Estatales, movilizar conocimientos especializados y recursos, y examinar y analizar posibles modelos, que incluyan la financiación, para reforzar la promoción de la salud a través de eventos deportivos, protegiendo al mismo tiempo los intereses de la salud pública frente a la influencia indebida de cualquier tipo de conflicto de intereses real, aparente o potencial;
8)
presentar a la Asamblea de la Salud, en 2027 y 2030, informes sobre los progresos realizados en los que se expongan los logros y los obstáculos relacionados con la integración de la salud y el bienestar en los eventos deportivos.
( Octava sesión plenaria, 1 de junio de 2024Comisión B, segundo informe)
Definición de eventos deportivos : los eventos deportivos son eventos de duración limitada que tienen un alcance mundial, regional, nacional o comunitario (en cuanto a participación, audiencia y/o cobertura mediática), pueden requerir inversión y pueden tener un impacto en la población y el entorno construido.

Definición de legado de un evento deportivo: «legado» significa los efectos planificados y no planificados de la celebración de un evento deportivo.

Referencia: Definición de eventos mundiales y definición de legado de eventos mundiales (2018) modificada de la OCDE.
Véanse en el anexo 4 las repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de esta resolución.
Documento A77/4.
Back to top