EB103.R8
EB103
EB103.R8
Establecimiento de un Comité de Auditoría
El
Consejo Ejecutivo,
Recordando los debates anteriores sobre la posibilidad de establecer un comité de auditoría al objeto de reforzar la función de supervisión del Consejo en materia financiera;
DECIDE establecer un Comité de Auditoría, como comité independiente creado por el
Consejo Ejecutivo e integrado por seis miembros, uno de cada región de la
OMS, con el mandato que sigue:
1)
Objetivos
2)
Campo de acción y funciones
3)
Composición, selección y duración del mandato
Podrán formar parte del Comité de Auditoría tanto los miembros plenos del Consejo como sus suplentes. A fin de poder seleccionar a los miembros más idóneos, las candidaturas para el Comité de Auditoría estarán avaladas por currículos en formato estándar, en los que se destacarán los antecedentes del candidato en materia financiera, de auditoría y gerencial. El
Comisario de Cuentas participará en las reuniones como observador. La selección de los miembros del Comité de Auditoría se llevará a cabo durante la reunión breve del
Consejo Ejecutivo, inmediatamente después de la reunión anual de la
Asamblea de la Salud. En esa ocasión deberá celebrarse también una primera reunión para formar el Comité y elegir a su Presidente. Cada año se celebrarán otras dos reuniones del Comité de Auditoría, una inmediatamente antes de la apertura de la
Asamblea de la Salud y la otra antes de la reunión de enero del Consejo. El Consejo determinará en cada caso la duración del mandato de los miembros del Comité de Auditoría, pero, a fin de asegurar la continuidad, sería preferible que fuese como mínimo de dos años.
(
Novena sesión,
29 de enero de 1999)
Documento EBABFC10/3.
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