WHA66.10
WHA66
WHA66.10
Seguimiento de la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles
1
La 66.ª
Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado los informes presentados a la 66.ª Asamblea Mundial de la Salud, relativos a las enfermedades no transmisibles;
2
Recordando la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles,
3 en la que se reconoce que la carga y la amenaza mundial de las enfermedades no transmisibles constituyen uno de los principales obstáculos para el desarrollo en el siglo XXI, y en la que se pide asimismo que se elabore un marco mundial de vigilancia integral que incluya un conjunto de indicadores, que se formulen recomendaciones sobre un conjunto de metas mundiales de aplicación voluntaria, y se presenten opciones que permitan fortalecer y facilitar medidas multisectoriales destinadas a prevenir y controlar las enfermedades no transmisibles por conducto de una alianza de colaboración efectiva;
Acogiendo con satisfacción el documento final de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río de Janeiro, 20-22 de junio de 2012), titulado «El futuro que queremos»,
4 en la que se expresa el compromiso de fortalecer los sistemas de salud para proporcionar una cobertura equitativa y universal y promover el acceso asequible a la prevención, el tratamiento, la atención y el apoyo relacionados con las enfermedades no transmisibles, en particular el cáncer, las enfermedades cardiovasculares, las enfermedades respiratorias crónicas y la diabetes, así como el compromiso de establecer políticas nacionales multisectoriales para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles o reforzar las existentes;
Tomando nota con reconocimiento de todas las iniciativas regionales emprendidas para prevenir y controlar las enfermedades no transmisibles, incluida la Declaración de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad del Caribe, titulada «Uniting to stop the epidemic of chronic non-communicable diseases» (Unidos para detener la epidemia de enfermedades crónicas no transmisibles), aprobada en septiembre de 2007; la Declaración de Libreville sobre Salud y Medio Ambiente en África, aprobada en agosto de 2008; la declaración de los Jefes de Gobierno del Commonwealth sobre medidas para luchar contra las enfermedades no transmisibles, aprobada en noviembre de 2009; la declaración de compromiso de la quinta Cumbre de las Américas, aprobada en junio de 2009; la Declaración de Parma sobre Medio Ambiente y Salud, aprobada por los Estados Miembros de la
Región de Europa de la
OMS en marzo de 2010; la Declaración de Dubai sobre la diabetes y las enfermedades no transmisibles crónicas en la región del Medio Oriente y África Septentrional, aprobada en diciembre de 2010; la Carta Europea contra la Obesidad, aprobada en noviembre de 2006; la convocatoria de Aruba para la acción contra la obesidad, de junio de 2011; y el Comunicado de Honiara sobre los desafíos de las enfermedades no transmisibles en la región del Pacífico, aprobado en julio de 2011;
Reconociendo la Declaración de Moscú adoptada en la Primera Conferencia Ministerial Mundial sobre Modos de Vida Sanos y Control de las Enfermedades No Transmisibles (Moscú, 28-29 de abril de 2011), adoptada por la 64.ª Asamblea Mundial de la Salud (resolución
WHA64.11), en la que se pide a la
Directora General que elabore, junto con los organismos y entidades pertinentes de las
Naciones Unidas, un plan de ejecución y seguimiento en relación con los resultados de la Conferencia y la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General de las
Naciones Unidas sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles (Nueva York, 19-20 de septiembre de 2011) para presentarlo a la 66.ª Asamblea Mundial de la Salud;
Reconociendo asimismo la Declaración política de Río sobre determinantes sociales de la salud adoptada por la Conferencia Mundial sobre los Determinantes Sociales de la Salud (Río de Janeiro, 19-21 de octubre de 2011), que hizo suya la 66.ª Asamblea Mundial de la Salud en la resolución
WHA65.8, en la que se reconoce que la equidad sanitaria es una responsabilidad compartida y exige el compromiso de todos los sectores de gobierno, todos los segmentos de la sociedad, y todos los miembros de la comunidad internacional, en acciones mundiales animadas por el principio de «todos por la equidad» y «salud para todos»;
Recordando la resolución
EB130.R7, en la que se pide a la
Directora General que elabore, siguiendo un proceso de consultas, un plan de acción mundial de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, así como la decisión
WHA65(8) y su decisión histórica de adoptar el objetivo mundial de reducir en un 25% la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles para 2025;
Reafirmando el papel rector de la
OMS como principal organismo especializado en el sector de la salud, así como las funciones que le competen en cuanto a la política sanitaria de conformidad con su mandato, y
reafirmando asimismo la función de liderazgo y coordinación que desempeña en la promoción y el seguimiento de la acción mundial contra las enfermedades no transmisibles en relación con la labor de otros organismos de las
Naciones Unidas, bancos de desarrollo y otras organizaciones regionales e internacionales competentes en la lucha contra las enfermedades no transmisibles de manera coordinada;
Reconociendo que recae en los gobiernos la función y la responsabilidad primordiales de responder al reto que plantean las enfermedades no transmisibles;
Reconociendo también el importante papel que desempeñan la comunidad internacional y la cooperación internacional cuando se trata de prestar asistencia a los
Estados Miembros, especialmente a los países en desarrollo, y complementar los esfuerzos nacionales para generar una respuesta eficaz a las enfermedades no transmisibles;
Destacando la importancia de la cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular en la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, con miras a promover en los planos nacional, regional e internacional un entorno propicio para facilitar modelos de vida y opciones saludables,
teniendo presente que la cooperación Sur-Sur no sustituye la cooperación Norte-Sur, sino que la complementa;
Observando que las enfermedades no transmisibles se asocian a menudo a trastornos mentales y otras enfermedades y que ese tipo de trastornos suelen coincidir con otros factores médicos y sociales, según se señala en la resolución
WHA65.4 y que, por consiguiente, la aplicación del plan de acción mundial de la OMS para la prevención y el control de enfermedades no transmisibles 2013-2020 debe ría llevarse a cabo de forma coherente y en estrecha coordinación con el Plan de Acción Mundial de la OMS sobre salud mental 2013-2020 y con otros planes de acción de la OMS a todos los niveles;
Acogiendo con beneplácito los principios y enfoques generales del plan de acción mundial 2013-2020 de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles
5 y exhortando a aplicarlos al emprender todas las medidas de prevención y control de las enfermedades no transmisibles;
Reconociendo que el
Secretario General de las
Naciones Unidas, en colaboración con los
Estados Miembros, la
OMS y los fondos, programas y organismos especializados pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas, ha de presentar a
la Asamblea General, en su sexagésimo octavo período de sesiones, un informe sobre los progresos realizados en el cumplimiento de los compromisos contraídos en la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General de las
Naciones Unidas sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles, como preparación para llevar a cabo en 2014 un examen y una evaluación generales de los progresos realizados en la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles,
1.
DECIDE:
1)
hacer suyo el Plan de acción mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles 2013-2020;
6
2)
adoptar el marco mundial de vigilancia integral para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, incluido el conjunto de 25 indicadores
7 aplicables a diversas situaciones regionales y nacionales, para realizar el seguimiento de las tendencias y evaluar los progresos que se logren en la aplicación de las estrategias y los planes nacionales relacionados con las enfermedades no transmisibles;
3)
adoptar el conjunto de nueve metas mundiales de aplicación voluntaria a fin de lograr para 2025 la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, observando que la meta relacionada con la reducción relativa del 25% de la mortalidad global por enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes y enfermedades respiratorias crónicas se refiere a la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles entre las edades de 30 y 70 años, según el indicador correspondiente;
2.
INSTA a los Estados Miembros:
8
1)
a que sigan aplicando la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General de las
Naciones Unidas sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles, fortaleciendo las actividades nacionales desplegadas para afrontar la carga de enfermedades no transmisibles, y aplicando la Declaración de Moscú;
2)
a que apliquen el plan de acción, según proceda, y adopten las medidas necesarias para alcanzar los objetivos que en él se establecen;
3)
a que fortalezcan la capacidad, los mecanismos y los mandatos, según proceda, de las autoridades encargadas de facilitar y asegurar la adopción de medidas en todos los sectores gubernamentales;
4)
a que aceleren la aplicación por las Partes en el
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la
OMS), entre otras cosas mediante las directrices técnicas adoptadas; otros países considerarán su adhesión al Convenio, y a que otorguen alta prioridad a la aplicación de la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, adoptada en la resolución
WHA57.17, la Estrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol adoptada en la resolución
WHA63.13, y las recomendaciones sobre la promoción de alimentos y bebidas no alcohólicas dirigida a los niños adoptada en la resolución
WHA63.14, como componentes esenciales para avanzar hacia las metas mundiales de aplicación voluntaria y cumplir los compromisos contraídos en la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de
la Asamblea General de las
Naciones Unidas sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles;
5)
a que promuevan, establezcan, apoyen y fortalezcan la participación y las fórmulas de colaboración, según proceda, entre otros con agentes no relacionados con la salud y distintos de los Estados, como la sociedad civil y el sector privado, a nivel nacional, subnacional o local, para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, con arreglo a las circunstancias del país, aplicando un enfoque multisectorial amplio y protegiendo al mismo tiempo los intereses de la salud pública frente a la influencia indebida de cualquier tipo de conflicto de intereses real, aparente o potencial;
6)
a que consideren la posibilidad de establecer marcos nacionales de vigilancia de las enfermedades no transmisibles, con metas e indicadores basados en la situación de cada país, teniendo en cuenta el marco mundial de vigilancia integral, incluidos los 25 indicadores y un conjunto de nueve metas mundiales de aplicación voluntaria, con arreglo a la orientación proporcionada por la
OMS, a fin de centrar la atención en las actividades destinadas a reducir los efectos de las enfermedades no transmisibles, respaldar la expansión de las medidas y políticas eficaces en materia de enfermedades no transmisibles, incluidos los aspectos técnicos y financieros, y evaluar los progresos que se logren para prevenir y controlar las enfermedades no transmisibles, sus factores de riesgo y sus determinantes;
7)
a que establezcan o refuercen, según proceda, un sistema nacional de vigilancia y seguimiento que facilite la presentación de informes, incluido el uso de los 25 indicadores del marco mundial de vigilancia integral, las nueve metas mundiales de aplicación voluntaria y cualesquiera otras metas e indicadores regionales o nacionales relacionados con las enfermedades no transmisibles;
8)
a que recomienden que el
Consejo Económico y Social de las
Naciones Unidas que examine la propuesta de establecer un Grupo Especial de las
Naciones Unidas para las enfermedades no transmisibles, que coordinará las actividades de las organizaciones de las
Naciones Unidas concernientes a la aplicación del plan de acción de la
OMS para las enfermedades no transmisibles antes del final de 2013, que sería convocado y dirigido por la
OMS e informaría al
ECOSOC, incorporando la labor del Grupo de Trabajo Especial Interinstitucional de las
Naciones Unidas sobre lucha antitabáquica, y velando por que se siga examinando y priorizando debidamente el control del tabaco en el nuevo mandato del Grupo de Trabajo;
9)
a que apoyen la labor de la
Secretaría en materia de prevención y control de las enfermedades no transmisibles, en particular mediante la financiación de las actividades pertinentes previstas en los presupuestos por programas;
10)
a que sigan estudiando la manera de facilitar recursos suficientes de forma previsible y sostenida mediante cauces internos, bilaterales, regionales y multilaterales, incluidos mecanismos financieros innovadores tradicionales y voluntarios, y a que aumenten, cuando proceda, los recursos destinados a los programas de prevención y control de las enfermedades no transmisibles;
3.
PIDE a la
Directora General:
1)
que presente información detallada y desglosada sobre los recursos necesarios para aplicar las medidas de la
Secretaría previstas en el plan de acción mundial 2013-2020 de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, con inclusión de información sobre las repercusiones financieras del establecimiento de un mecanismo de coordinación mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, para el primer diálogo sobre financiación convocado por la
Directora General y facilitado por el Presidente del
Comité de Programa, Presupuesto y Administración del
Consejo Ejecutivo, acerca de la financiación del Presupuesto por programas 2014-2015, a fin de garantizar que todos los asociados dispongan de información clara sobre las necesidades específicas de financiación, los recursos disponibles y los déficits de financiación de las medidas de la
Secretaría contempladas en el plan de acción a nivel de proyecto o de actividad;
2)
que prepare un proyecto de mandato para un mecanismo de coordinación mundial, según lo expuesto en los párrafos 14 y 15 del plan de acción mundial de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, con el fin de facilitar la interacción entre los Estados Miembros, los fondos, programas y organismos de las
Naciones Unidas y otros asociados internacionales, así como agentes no estatales y, al mismo tiempo, proteger a la
OMS y la salud pública de la influencia indebida de cualquier tipo de conflicto de intereses real, aparente o potencial, sin perjuicio de los resultados que arrojen las deliberaciones en curso en la
OMS relativas a la interacción con agentes no estatales;
3)
que elabore el proyecto de mandato mencionado en el párrafo 3(2) en el marco de una reunión oficial de los Estados Miembros,
8 que se celebrará en
noviembre de 2013 tras la realización de consultas con:
i)
Estados Miembros,
8 en particular por conducto de los Comités Regionales;
ii)
organismos, fondos y programas de las
Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales pertinentes, y
iii)
organizaciones no gubernamentales y entidades del sector privado, según proceda, y otras partes interesadas; y lo presente, por conducto del Consejo Ejecutivo, a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud para su aprobación;
4)
que elabore, en consulta con los Estados Miembros y con otros asociados pertinentes, un conjunto limitado de indicadores del plan de acción que permitan orientar la presentación de informes sobre la marcha de los trabajos, que reflejen la labor en curso en los ámbitos regional y nacional y, tengan en cuenta la viabilidad, los datos actualmente disponibles y los mejores conocimientos y pruebas científicas disponibles, sean aplicables a los seis objetivos del plan de acción, y minimicen la carga que supone para los Estados Miembros la presentación de informes para evaluar los progresos realizados en 2016, 2018 y 2021 en la aplicación de las opciones de política para los Estados Miembros, las medidas recomendadas para los asociados internacionales, y las medidas para la
Secretaría incluidas en el plan de acción, y que, por conducto del Consejo Ejecutivo, presente el proyecto de conjunto de indicadores del plan de acción a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud para su aprobación;
5)
que colabore con otros fondos, programas y organismos de las
Naciones Unidas, para concluir antes del final de
octubre de 2013 las actividades relativas a la división de las tareas y responsabilidades entre los fondos, programas y organismos de las
Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales;
6)
que preste apoyo técnico a los Estados Miembros, cuando sea necesario, para respaldar la aplicación del plan de acción mundial 2013-2020 de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles;
7)
que proporcione apoyo técnico a los Estados Miembros, cuando sea necesario, para establecer sistemas de vigilancia y seguimiento de las enfermedades no transmisibles, o reforzar los existentes, en apoyo de la presentación de informes con arreglo al marco mundial de vigilancia de las enfermedades no transmisibles;
8)
que preste apoyo técnico a los Estados Miembros, cuando sea necesario, para que colaboren/cooperen con sectores gubernamentales distintos de la salud y, de conformidad con los principios de participación, con agentes no estatales
9 en la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles;
9)
que presente informes sobre los progresos realizados en la aplicación del plan de acción, por conducto del Consejo Ejecutivo, a la Asamblea de la Salud en 2016, 2018 y 2021,
10 así como informes sobre los progresos realizados hacia el logro de las nueve metas voluntarias en 2016, 2021 y 2026;
10)
que proponga una actualización del apéndice 3 del plan de acción mundial 2013-2020
6 de la
OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, según proceda, a fin de que la Asamblea Mundial de la Salud lo examine, por conducto del Consejo Ejecutivo, a la luz de las nuevas pruebas científicas y continúe actualizando, según proceda, el apéndice 4 del plan de acción mundial.
6
(
Novena sesión plenaria,
27 de mayo de 2013 -
Comisión A, quinto informe)
En el anexo 6 se exponen las repercusiones financieras y administrativas de esta resolución para la Secretaría.
Documentos A66/8 y A66/9 y Corr.1.
Resolución 66/2 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución 66/288 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Según se menciona en el anexo 4, párrafo 18.
Anexo 4.
Véase el anexo 4, apéndice 2.
Y, cuando proceda, las organizaciones de integración económica regional.
Sin perjuicio de los debates en curso sobre la colaboración de la OMS con agentes no estatales.
Los informes sobre los progresos realizados en 2018 y 2021 deberán incluir los resultados de la evaluación independiente de la aplicación del plan de acción mundial realizada en 2017 y 2020.
Related items
wha66_10
wha66_10
Document version
Index
Search