WHA64.28
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WHA64.28
Los jóvenes y los riesgos sanitarios
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La 64.ª
Asamblea Mundial de la Salud,
Recordando las resoluciones que se ocupan directamente de cuestiones relativas a los jóvenes:
WHA38.22 sobre la madurez antes de la gestación y el fomento de la procreación responsable;
WHA42.41 sobre la salud de los jóvenes;
WHA56.21 sobre la estrategia para la salud y el desarrollo del niño y el adolescente; WPR/RC39.R12 Rev.1 sobre la salud del adolescente; EM/RC43/R.11 sobre educación sanitaria de los adolescentes; AFR/RC51/R3 sobre educación sanitaria: una estrategia para
la región de África; EUR/RC55/R6 sobre
la estrategia europea para la salud y el desarrollo del niño y el adolescente; y CD48.R5 sobre la
estrategia regional panamericana para mejorar la salud de los adolescentes y los jóvenes;
Recordando asimismo el derecho de todas las personas, incluidos los adolescentes y los jóvenes, al disfrute del más alto grado posible de salud física y mental, y recordando asimismo el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la
Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; la
Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y otros instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, y subrayando la necesidad de promover la igualdad entre mujeres y hombres jóvenes y el respeto de la diversidad;
Reconociendo que la salud no es solo la ausencia de afecciones o enfermedades, sino un estado de completo bienestar físico, mental y social, según se establece en la Constitución de la
Organización Mundial de la Salud;
Reconociendo que los 1800 millones de jóvenes de todo el mundo (una cuarta parte de la población mundial está constituida por personas entre los 10 y 24 años de edad) conforman la cohorte más grande de la historia, y que ello representa una oportunidad extraordinaria para plasmar el futuro social, económico y sanitario del mundo;
Reconociendo asimismo que los 2,6 millones de defunciones anuales de jóvenes son evitables, en su mayoría, y que los hábitos y condiciones de salud actuales de los jóvenes pueden poner en peligro tanto su salud presente y futura como la de las generaciones venideras;
Consciente de que la heterogeneidad de la población joven y sus circunstancias hacen que algunos jóvenes, por ejemplo, las niñas adolescentes, sean más vulnerables que otros a los resultados sanitarios negativos;
Haciendo hincapié en la importancia de promover entre los jóvenes modos de vida sanos, en particular la actividad física y la práctica del deporte, la alimentación saludable y la educación física;
Reconociendo asimismo la atención prestada a los jóvenes en las resoluciones que se refieren a la población en general: la resolución
WHA56.1, sobre el
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco; la resolución
WHA63.13, sobre la Estrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol; la resolución
WHA57.17, sobre la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud; la resolución
WHA63.14, en la que se adoptan las recomendaciones sobre la promoción de alimentos y bebidas no alcohólicas dirigida a los niños; la resolución
WHA61.14, sobre la aplicación de estrategia mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles; la resolución
WHA57.12, sobre la estrategia sobre salud reproductiva; la estrategia del
ONUSIDA sobre el VIH para 2011-2015; la resolución
WHA59.19, sobre la estrategia mundial sobre prevención y control de las infecciones de transmisión sexual; la resolución
WHA64.14, sobre la estrategia mundial del sector sanitario para el VIH/sida, 2011-2015; el Decenio de Acción de las Naciones Unidas para la Seguridad Vial, 2011-2020; la resolución
WHA60.22, sobre los sistemas de salud: sistemas de atención de emergencia; y las recomendaciones contenidas en el Informe mundial sobre la violencia y la salud, de las que se toma nota en la resolución
WHA56.24;
Reconociendo además el papel de las organizaciones y programas del sistema de las
Naciones Unidas, entre ellas el
ACNUR, la
OIT, el
ONUSIDA, la
UNESCO, el
UNFPA y el
UNICEF, así como de la
Organización Internacional para las Migraciones, en la prevención de los riesgos sanitarios para los jóvenes y para influir en los determinantes de la salud de los jóvenes;
Tomando nota de la importancia de examinar los determinantes sociales de la salud de los jóvenes; los mecanismos de protección social que aseguren la inclusión social, la educación y el empleo de los jóvenes; y la Declaración de Guanajuato, resultante de la Conferencia Mundial de la Juventud celebrada en León, Guanajuato (
México) del 25 al 27 de agosto de 2010, en la que se pidió una mayor inversión en políticas y programas en todos los sectores y los planes nacionales de desarrollo, con la participación significativa de los jóvenes; teniendo en cuenta el Programa de Acción Mundial para los Jóvenes hasta el año 2000 y años subsiguientes;
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Sabiendo que en el Programa de Acción Mundial para los Jóvenes hasta el año 2000 y años subsiguientes1 se alienta a los gobiernos a desarrollar servicios integrales de atención de salud sexual y reproductiva y a facilitar a los jóvenes un acceso apropiado a su edad a esos servicios, incluidos, entre otros, los servicios de educación y planificación familiar, como se establece en los programas de acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (1994), la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (1995) y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995); a garantizar que los adolescentes reciban información apropiada a su edad y tengan acceso a la más amplia gama posible de métodos de planificación familiar modernos, seguros y eficaces; y a ofrecer a los adolescentes educación integral sobre la sexualidad humana, la salud sexual y reproductiva y la igualdad de género a fin de facultarlos para afrontar su sexualidad de una manera positiva y responsable;
Teniendo presente además que los indicadores y las metas relacionados con los jóvenes son fundamentales para la consecución de seis de los ocho
Objetivos de Desarrollo del Milenio (Objetivos 1, 2, 3, 4, 5 y 6), y que prestando una atención particular a los jóvenes se contribuye al logro de las metas fijadas en recientes iniciativas sanitarias mundiales, entre ellas la Estrategia Mundial del Secretario General de las
Naciones Unidas para la Salud de la Mujer y el Niño y la iniciativa del ONUSIDA sobre el acceso universal a servicios de prevención, tratamiento, asistencia y apoyo en relación con el VIH/sida;
Reconociendo asimismo que las próximas reuniones de alto nivel de
la Asamblea General de las
Naciones Unidas sobre el VIH/sida y sobre la juventud, así como sobre la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles ofrecerán oportunidades para prestar especial atención a las necesidades sanitarias de los adolescentes y los jóvenes;
Reconociendo además la capacidad de los jóvenes para participar y liderar en cuestiones de salud y progreso, así como el liderazgo que demuestran en la utilización y la creación de tecnologías innovadoras para superar los desafíos globales y locales para su salud y desarrollo,
1.
REAFIRMA las estrategias de la
OMS concernientes a los principales riesgos sanitarios para los jóvenes y, en particular, las intervenciones específicas para ese grupo de edad;
2.
INSTA a los
Estados Miembros a que, de conformidad con sus leyes y reglamentaciones nacionales, aceleren las medidas, según proceda, y desarrollen políticas y planes destinadosa abordar los principales determinantes de la salud que afectan a los jóvenes, incluidos los comportamientos relacionados con la salud y sus efectos sobre la salud en ulteriores etapas de la vida, por medio de lo siguiente:
1)
adoptando políticas y estrategias nacionales de salud que incluyan metas e indicadores específicos sobre los determinantes pertinentes, incluidos los recursos y los resultados relativos a la salud y el bienestar de los jóvenes;
2)
examinando y revisando las políticas en materia de salud y otras áreas, con el fin de incluir medidas para proteger a los jóvenes contra los peligros (por ejemplo, los embarazos precoces, la explotación sexual y la violencia, el consumo de sustancias ilícitas y tabaco, el consumo nocivo de alcohol, el sedentarismo, las dietas poco saludables y la obesidad, los traumatismos relacionados con el tránsito y de otra índole, y los trastornos de la salud mental);
3)
examinando y revisando las políticas en materia de salud y otras áreas para eliminar todas las formas de discriminación experimentadas por los jóvenes;
4)
implantando sistemas de información para la gestión sanitaria y de registro civil que proporcionen datos actualizados desglosados por sexo y edad, en vista de la falta de datos sobre la salud de los jóvenes;
5)
promoviendo la capacidad del sistema sanitario para satisfacer las necesidades de los adolescentes, incluido el desarrollo y financiamiento del personal sanitario, con miras a eliminar los obstáculos que dificultan el acceso a servicios de atención de salud orientados a los jóvenes;
6)
proporcionando acceso a métodos anticonceptivos; servicios de atención de la salud reproductiva; y servicios de prevención, tratamiento y atención del VIH/sida y las infecciones de transmisión sexual, así como a servicios de apoyo conexos; servicios de salud mental; y atención traumatológica;
7)
promoviendo el acceso a información precisa y a enfoques basados en pruebas científicas que promuevan comportamientos saludables, por ejemplo, información sobre salud sexual y reproductiva;
8)
promoviendo la colaboración intersectorial a todos los niveles respecto de la salud de los jóvenes, incluyendo aspectos relacionados con la salud en sectores tales como la educación, la inclusión social, los ambientes sociales y físicos, el empleo y los medios de comunicación, y con las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, según corresponda;
9)
alentando la participación de diferentes agentes, por ejemplo las familias, las comunidades y los propios jóvenes, con miras a abordar los determinantes de la salud y los riesgos sanitarios para los jóvenes y movilizar a las partes interesadas a fin de identificar y ayudar a los jóvenes en riesgo o con antecedentes desfavorables;
10)
apoyando el papel de los jóvenes, con particular atención a las organizaciones juveniles, con el fin de facilitar la emancipación de los jóvenes y su participación para influir en su entorno y en la elaboración de políticas públicas;
3.
ALIENTA a los donantes multilaterales y bilaterales, las instituciones financieras internacionales y los asociados internacionales para el desarrollo a que apoyen a los Estados Miembros a llevar a cabo estos esfuerzos, en particular mediante el apoyo financiero y técnico, según corresponda;
4.
PIDE a la
Directora General:
1)
que asegure dentro de la
Secretaría la prioridad institucional apropiada, así como el compromiso necesario, la coordinación eficaz y los recursos suficientes a fin de especificar mejor y ampliar la aplicación de las estrategias existentes en la medida que se aplican a los jóvenes, y vigilar regularmente los resultados de esas actuaciones en la salud de los adolescentes;
2)
que aborde los riesgos para la salud de los adolescentes y los jóvenes en el próximo plan estratégico a plazo medio en todos los programas y niveles de la
Secretaría, con el fin de proporcionar un apoyo técnico suficiente a los Estados Miembros;
3)
que identifique lagunas del conocimiento y facilite investigaciones orientadas a fortalecer la base científica necesaria para establecer, ejecutar y dar seguimiento a programas eficaces destinados a los adolescentes y los jóvenes, adecuados en función del sexo y la edad;
4)
que continúe colaborando, según corresponda, con las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas, de la sociedad civil y del sector privado relacionadas con la salud de los jóvenes;
5)
que fortalezca la capacidad de la
Secretaría para ofrecer suficiente apoyo técnico a los Estados Miembros, en particular las autoridades sanitarias, incluido el fortalecimiento de los centros de la
OMS como el
Centro Mediterráneo de la OMS para la Reducción de Riesgos Sanitarios;
6)
que promueva la participación y la autonomía de los jóvenes como principales partes interesadas en el desarrollo sanitario, en particular en el trabajo de la Organización;
7)
que informe periódicamente sobre la salud de los jóvenes y la aplicación de esta resolución a la Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del
Consejo Ejecutivo, y presente el primer informe a la 67.
a Asamblea Mundial de la Salud.
(Décima sesión plenaria ,
24 de mayo de 2011 -
Comisión B, cuarto informe)
Comisión B, cuarto informe)
En el anexo 6 se exponen las repercusiones financieras y administrativas de esta resolución para la Secretaría.
La OMS define a los adolescentes como las personas entre los 10 y los 19 años de edad, y a los jóvenes como las personas entre los 10 y los 24 años de edad. Las Naciones Unidas definen a los jóvenes como las personas entre los 15 y los 24 años de edad.
Documento A64/25.
Resolución 50/81 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
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