WHA74.4
WHA74
WHA74.4
Reducir la carga de las enfermedades no transmisibles fortaleciendo la prevención y el control de la diabetes
1
La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe consolidado del Director General ;
2
Recordando el Plan de Acción Mundial de la OMS para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles 2013-2030 y las siguientes cinco metas mundiales de aplicación voluntaria relacionadas con la diabetes para 2025: una reducción relativa de la mortalidad general por enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes o enfermedades respiratorias crónicas en un 25%; interrupción del aumento de la diabetes y la obesidad; tratamiento médico (incluido el control de la glucemia) y asesoramiento de al menos un 50% de las personas que lo necesitan para prevenir ataques cardíacos y accidentes cerebrovasculares; un 80% de disponibilidad de tecnologías básicas y medicamentos esenciales asequibles, incluidos los genéricos, necesarios para tratar las principales enfermedades no transmisibles (incluida la diabetes) en centros tanto públicos como privados; y una reducción relativa de la prevalencia del consumo actual de tabaco en un 30% en las personas de 15 años o más;
Recordando también la declaración política de la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles (resolución 66/2 (2011) de la Asamblea General de las Naciones Unidas ), en la que se reconoce que recae en los gobiernos la función y la responsabilidad primordiales de responder al reto que plantean las enfermedades no transmisibles mediante la puesta en marcha de respuestas nacionales adecuadas de carácter multisectorial para su prevención y control;
Reafirmando el derecho de todo ser humano, sin distinción alguna, al goce del grado máximo de salud física y mental que se pueda lograr;
Recordando la resolución 70/1 (2015) de la Asamblea General de las Naciones Unidas , por la que se adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y se establecieron los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la meta conexa 3.4 de reducir en un tercio el riesgo de la mortalidad prematura por diabetes y otras importantes enfermedades no transmisibles de aquí a 2030;
Habiendo examinado el anexo 11 del informe del Director General , recogido en el documento A74/10 Rev.1, sobre los principales obstáculos para alcanzar las metas relacionadas con la diabetes del Plan de Acción Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles, en particular la constatación de que no se conseguirá detener la creciente prevalencia de la diabetes, ni reducir su repercusión, a menos que se alcancen las cinco metas relacionadas con la diabetes, especialmente la reducción de la obesidad;
Reafirmando nuestro compromiso, enunciado en la resolución 74/2 (2019) de la Asamblea General de las Naciones Unidas , de ofrecer progresivamente cobertura a otros 1000 millones de personas para 2023 con servicios sanitarios esenciales de calidad y medicamentos, vacunas, medios de diagnóstico y tecnologías sanitarias esenciales de calidad, inocuos, eficaces y asequibles, con miras a lograr la cobertura sanitaria universal para 2030;
Observando que actualmente hay en el mundo más de 420 millones de personas con diabetes y que se calcula que la cifra aumente a 578 millones para 2030 y a 700 millones para 2045;
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Tomando nota de que el creciente número de personas con diabetes está fuertemente asociado a la insuficiente prevención de los factores de riesgo que subyacen a la diabetes, como el sobrepeso y la obesidad, la alimentación malsana, la inactividad física y el consumo de tabaco, y relacionado con la situación socioeconómica y los efectos de los determinantes sociales, económicos y ambientales de la salud;
Subrayando también los compromisos adquiridos para promover y aplicar medidas de políticas, legislación y regulación, incluidas medidas fiscales cuando proceda, con miras a reducir al mínimo los efectos de los principales factores de riesgo para la diabetes y promover una alimentación y unos estilos de vida saludables;
Preocupada por el aumento del número de personas con diabetes cuando, al mismo tiempo, algunos tipos de diabetes puede prevenirse ampliamente con una alimentación saludable y actividad física;
Consciente de que uno de cada dos adultos con diabetes de tipo 2 no han sido diagnosticados y que cuatro de cada cinco adultos con diabetes viven en países de ingresos bajos y medianos;
Profundamente preocupada por el hecho de que, mientras la probabilidad (riesgo) de muerte prematura por cualquiera de las cuatro principales enfermedades no transmisibles disminuyó en un 18% a nivel mundial entre 2000 y 2016, la diabetes registra, por primera vez, un aumento del 5% en la mortalidad prematura durante el mismo periodo;
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Observando con preocupación que, en los países de ingresos altos, la tasa de mortalidad prematura por diabetes aumentó en 2010-2016, tras un descenso de 2000 a 2010, y que en los países de ingresos medianos y bajos la tasa de mortalidad prematura por diabetes aumentó en ambos periodos;
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Preocupada por el hecho de que las personas con enfermedades no transmisibles, incluida la diabetes, corren un mayor riesgo de sufrir un cuadro grave de enfermedad por coronavirus (COVID‑19) o de morir por esta enfermedad y se encuentran entre las más afectadas por la pandemia de COVID‑19;
6
Preocupada también por el hecho de que las perturbaciones totales o parciales en la prevención y el control de la diabetes debido a la pandemia de COVID-19, especialmente en los servicios de detección precoz y de gestión de complicaciones diabéticas, representan amenazas considerables para la vida y la salud de las personas con diabetes;
Observando que el sobrepeso y la obesidad con cambios metabólicos e hipertensión pueden incrementar el riesgo de sufrir enfermedades no transmisibles, como la diabetes y otras enfermedades cardiovasculares;
Reafirmando que la cobertura sanitaria universal implica que todas las personas tengan acceso, sin discriminación alguna, a conjuntos de servicios de salud y medidas oportunas esenciales de promoción, prevención, curación, rehabilitación y atención paliativa que se ajusten a las necesidades y se determinen a nivel nacional, a la promoción de cambios en el modo de vida, a una alimentación saludable y equilibrada y a la práctica regular de actividad física, así como a medicamentos y vacunas esenciales, seguros, asequibles, eficaces y de calidad, evitando al mismo tiempo que la utilización de esos servicios cree dificultades económicas para los usuarios, en particular los de los sectores pobres, vulnerables y marginados de la población;
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Reafirmando también nuestro compromiso, recogido en la resolución 73/2 (2018) de la Asamblea General de las Naciones Unidas , de seguir intensificando los esfuerzos por hacer frente a la diabetes como parte de la cobertura sanitaria universal potenciando intervenciones en el nivel de la atención primara de salud, en particular en los países de ingresos bajos y medianos, sobre la prevención y el control de la diabetes;
Haciendo hincapié en la importancia de la prevención y el control de la diabetes a lo largo del curso de la vida, especialmente entre los niños y adolescentes y sus familias, reduciendo los principales factores de riesgo, en particular las dietas malsanas y la inactividad física, así como sensibilizando sobre los principales factores de riesgo y reduciendo su impacto, y
reconociendo que la detección precoz de la diabetes ofrece la oportunidad de iniciar oportunamente el tratamiento para mejorar la salud y el bienestar y reducir la morbilidad, la discapacidad y la mortalidad;
Reconociendo la función de la insulina en el tratamiento de la diabetes de tipo 1 y la diabetes de tipo 2 resistentes a los cambios en el modo de vida y a otros tratamientos farmacológicos;
Observando que , de los 420 millones de personas con diabetes, todas requieren una gestión adecuada de la diabetes, y que, según las estimaciones, unos nueve millones de personas con diabetes de tipo 1 requieren insulina para sobrevivir y que unos 60 millones de personas con diabetes de tipo 2 requieren insulina para gestionar su afección, y
observando además que se prevé que la necesidad de la insulina requerida para tratar la diabetes de tipo 2 aumente en más de un 20% para 2030;
Reconociendo que la insulina es un medicamento esencial que permite salvar vidas, pero
profundamente preocupada por el hecho de que, pese a haber sido descubierta hace 100 años, en 1921, en todo el mundo cerca de la mitad de la población que necesita insulina no tiene acceso a ella, o el acceso es irregular, con inequidades inaceptables de un país a otro y dentro de un mismo país;
Preocupada por el hecho de que la insulina es en gran medida inasequible para las personas que pagan directamente y que sus elevados precios constituyen una carga para los sistemas nacionales de salud, y
tomando nota de la función destacada que los márgenes comerciales a lo largo de la cadena de valor pueden tener en la fijación de precios para los pacientes y los sistemas de salud;
Reconociendo la importancia de la cooperación internacional en el apoyo a los planes nacionales, regionales y mundiales para la prevención y el control de la diabetes, en particular para fomentar el acceso a tratamientos como la insulina, con el objetivo de reducir los efectos socioeconómicos negativos de la diabetes que afectan considerablemente a la calidad de vida de las personas con diabetes y de sus familias en todos los países, especialmente en los países en desarrollo;
Tomando nota con agradecimiento de la iniciativa del Pacto Mundial contra la Diabetes de la OMS , que inició su andadura el 14 de abril de 2021 durante la Cumbre Mundial sobre la Diabetes, coorganizada por la OMS y el Gobierno del Canadá , con el apoyo de la Universidad de Toronto, y que tiene por objeto reducir el riesgo de diabetes y garantizar que todas las personas a las que se haya diagnosticado diabetes tengan acceso a tratamiento y atención equitativos, integrales, asequibles y de calidad,
1.
INSTA a los Estados Miembros a:
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1)
aplicar enfoques pangubernamentales y pansociales que sitúen en el centro de la respuesta el logro de las cinco metas mundiales de aplicación voluntaria relacionadas con la diabetes y la obesidad;
2)
dar más prioridad, en el marco de las respuestas nacionales a las enfermedades no transmisibles, a la prevención y el control de la diabetes, incluida la gestión de la obesidad, el diagnóstico precoz, el tratamiento, la atención y la gestión de las complicaciones, teniendo en cuenta las prioridades nacionales;
3)
fortalecer las medidas normativas, legislativas y regulatorias, así como las medidas fiscales cuando proceda, con el fin de reducir al mínimo los efectos de los principales factores de riesgo de la diabetes y promover una alimentación y unos estilos de vida saludables;
4)
dar a conocer la carga de salud pública que la diabetes impone a los países a través de una perspectiva que tenga en cuenta el curso de la vida y la relación entre la diabetes, la pobreza y el desarrollo socioeconómico, así como la relación entre la obesidad y el riesgo de tener diabetes de tipo 2;
5)
velar por que se siga prestando atención al mantenimiento de un alto nivel de tratamiento y atención a todas las personas, independientemente de la pandemia de COVID-19, en particular a las personas con diabetes, especialmente en los países de ingresos bajos y medianos, reconociendo que las actividades que son necesarias para prevenir y controlar la diabetes se ven obstaculizadas, por ejemplo, por la falta de acceso universal a servicios de salud, medicamentos, medios de diagnóstico y tecnologías sanitarias esenciales de calidad, seguros, eficaces y asequibles, así como por la escasez mundial de personal de salud cualificado;
6)
velar por que las estrategias nacionales para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles contengan las disposiciones necesarias para dar cobertura a las personas con diabetes mediante servicios de salud esenciales y de calidad y promover el acceso de todas las personas con diabetes a medios de diagnóstico y a medicamentos esenciales de calidad, seguros, eficaces y asequibles, en particular insulina, hipoglucemiantes orales y otros medicamentos y tecnologías de la salud para la diabetes, con arreglo a los contextos y prioridades nacionales;
7)
fortalecer los sistemas de salud y los servicios de atención primaria de salud para todos de alta calidad, integrados y centrados en las personas, los sistemas de información sobre la gestión sanitaria y un personal de salud adecuado y bien formado y equipado, teniendo en cuenta los contextos nacionales;
8)
mejorar la prevención y el control de la diabetes a lo largo del curso de la vida mediante la reducción de los factores de riesgo modificables y prevenibles de la diabetes, en particular la obesidad y la inactividad física, y un mejor acceso a medicamentos, medios de diagnóstico y otros productos de salud conexos esenciales que sean seguros, asequibles, eficaces y de calidad;
9)
fortalecer la promoción de la salud y mejorar los conocimientos en materia de salud, en particular mediante el acceso a información y educación comprensibles, de alta calidad y pensadas para el paciente;
10)
fortalecer el seguimiento y evaluación de las respuestas a la diabetes, a través de sistemas de vigilancia y seguimiento en los países, por medios como encuestas integradas en los sistemas nacionales de información sobre la salud existentes, y del establecimiento de ámbitos prioritarios para la investigación antidiabética;
11)
seguir colaborando, con arreglo a los contextos y marcos jurídicos nacionales y regionales, para mejorar la notificación de información por parte de los proveedores sobre medicamentos antidiabéticos registrados, y otros productos de salud conexos;
2.
PIDE al Director General que tenga a bien:
1)
elaborar, en colaboración con los Estados Miembros,
9 y en consulta con los agentes no estatales y las personas con diabetes o afectadas por esta enfermedad, recomendaciones para fortalecer las respuestas a la diabetes y hacer el seguimiento pertinente en el seno de los programas nacionales contra las enfermedades no transmisibles y recomendaciones para la prevención y la gestión de la obesidad a lo largo del curso de la vida, y en particular examinar la posibilidad de establecer metas al respecto, y presentar las recomendaciones a la consideración de la 75.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2022, por conducto del Consejo Ejecutivo en su 150.ª reunión;
2)
establecer vías para buscar la forma de alcanzar las metas relativas a la prevención y el control de la diabetes, en particular el acceso a la insulina, a lo largo del curso de la vida en el marco de las respuestas nacionales a las enfermedades no transmisibles para lograr la meta 3.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluida la prestación de apoyo para fortalecer el seguimiento y la vigilancia de la diabetes;
3)
proporcionar orientaciones concretas a los Estados Miembros, especialmente en los países de ingresos bajos, para fortalecer la formulación y aplicación de políticas sobre la prevención y el control de la diabetes en todos los sectores pertinentes, especialmente para fomentar la resiliencia de los sistemas de salud y los servicios e infraestructuras conexos.
4)
proporcionar orientaciones concretas a los Estados Miembros para el tratamiento ininterrumpido de las personas con diabetes en las emergencias humanitarias;
5)
promover la convergencia y armonización de los requisitos de reglamentación de los medicamentos contra la diabetes, incluidos la insulina, los biosimilares y otros productos de salud conexos, que faciliten la disponibilidad y el acceso a productos seguros y eficaces y de calidad asegurada, y que satisfagan las normas establecidas por la OMS y las autoridades competentes;
6)
seguir analizando la disponibilidad de datos sobre insumos a lo largo de la cadena de valor, en particular datos sobre ensayos clínicos e información sobre precios, con miras a evaluar la viabilidad y la posible utilidad de establecer una herramienta en línea para intercambiar información pertinente para la transparencia de los mercados de medicamentos contra la diabetes, incluidos la insulina, los hipoglucemiantes orales y los productos de salud conexos, así como información sobre inversiones, incentivos y subvenciones;
7)
elaborar recomendaciones para la financiación adecuada, previsible y sostenida de la prevención y el control de la diabetes, especialmente en entornos con escasos recursos, y atender las necesidades de las poblaciones desfavorecidas y marginadas;
8)
informar a la Asamblea de la Salud de los progresos conseguidos en la aplicación de la presente resolución como parte de la presentación de informes consolidados sobre los progresos alcanzados en la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles, con un informe anual que se presentará a la Asamblea de la Salud por conducto del Consejo Ejecutivo, desde 2022 hasta 2031.
10
(
Séptima sesión plenaria,
31 de mayo de 2021 –
Comisión A, primer informe)
Véanse en el anexo 4 las repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de esta resolución.
Documento A74/10 Rev.1.
Véase el documento A74/10 Rev.1.
World health statistics 2020: monitoring health for the SDGs, sustainable development goals. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2020:12 (
https://apps.who.int/iris/handle/10665/332070), consultado el 23 de mayo de 2021.
World health statistics 2020: monitoring health for the SDGs, sustainable development goals. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2020: 12 (
https://apps.who.int/iris/handle/10665/332070), consultado el 23 de mayo de 2021.
De conformidad con el párrafo 9 de la resolución 74/306 (2020) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
De conformidad con el párrafo 9 de la resolución 74/2 (2019) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional.
Y, cuando proceda, con las organizaciones de integración económica regional.
De conformidad con el párrafo 3 e) de la decisión WHA72(11) (2019).
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