WHA60.17
WHA60
WHA60.17
Salud bucodental: plan de acción para la promoción y la prevención integrada de la morbilidad
La 60ª
Asamblea Mundial de la Salud,
Recordando las resoluciones
WHA22.30,
WHA28.64 y
WHA31.50 sobre fluoración y salud dental;
WHA36.14 sobre la salud bucodental en la estrategia de salud para todos;
WHA42.39 sobre salud bucodental;
WHA56.1 y
WHA59.17 sobre el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco;
WHA58.22 sobre prevención y control del cáncer;
WHA57.14 sobre la expansión del tratamiento y la atención en el marco de una respuesta coordinada e integral al VIH/SIDA;
WHA57.16 sobre promoción de la salud y modos de vida sanos;
WHA57.17 relativa a la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud;
WHA58.16 relativa a la promoción del envejecimiento activo y saludable;
WHA51.18 y
WHA53.17 sobre prevención y control de las enfermedades no transmisibles, y
WHA58.26 sobre problemas de salud pública provocados por el uso nocivo del alcohol;
Habiendo examinado el informe «Salud bucodental: plan de acción para la promoción y la prevención integrada de la morbilidad»;
1
Reconociendo el vínculo intrínseco que une a la salud bucodental, la salud en general y la calidad de vida;
Haciendo hincapié en la necesidad de incorporar programas para la promoción de la salud bucodental y la prevención de las enfermedades bucodentales en los programas de prevención y tratamiento integrados de las enfermedades crónicas;
Consciente de que en el Undécimo
Programa General de Trabajo, 2006-2015, se destaca la importancia de la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles;
Valorando la función que desempeñan los centros colaboradores de la
OMS, los asociados y las organizaciones no gubernamentales en la mejora de la salud bucodental en todo el mundo,
1.
INSTA a los
Estados Miembros:
1)
a que adopten medidas para velar por que la salud bucodental sea incorporada según proceda a las políticas para la prevención y el tratamiento integrados de las enfermedades crónicas no transmisibles y las enfermedades transmisibles, y a las políticas de salud de la madre y del niño;
2)
a que adopten medidas para velar por que se apliquen planteamientos basados en la evidencia a la hora de incorporar la salud bucodental en las políticas nacionales de prevención y control integrados de las enfermedades no transmisibles, según proceda;
3)
a que estudien mecanismos para dar cobertura a la población con atención bucodental básica, incorporar la salud bucodental al marco de la atención primaria de salud mejorada para las enfermedades crónicas no transmisibles, y promover la disponibilidad de servicios de salud bucodental, que deben orientarse hacia la prevención de enfermedades y la promoción de la salud entre las poblaciones pobres y desfavorecidas, en colaboración con los programas integrados de prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles;
4)
en el caso de los países que carecen de acceso a unos niveles óptimos de fluoruro y que aún no han establecido programas sistemáticos de fluoración, a que estudien la elaboración y ejecución de programas de fluoración, dando prioridad a estrategias equitativas tales como la administración automática de flúor, por ejemplo en el agua de bebida, la sal o la leche, y al suministro de dentífricos fluorados a precios asequibles;
5)
a que tomen disposiciones para velar por que la prevención del cáncer de la boca forme parte integral de los programas nacionales de control del cáncer, y hagan participar a profesionales de la salud bucodental y a personal de atención primaria de salud que haya recibido formación pertinente en detección, diagnóstico precoz y tratamiento en materia de salud bucodental;
6)
a que tomen disposiciones para asegurar la prevención de las enfermedades bucodentales asociadas al VIH/SIDA y la promoción de la salud bucodental y la calidad de vida entre las personas que viven con el VIH, con participación de profesionales de la salud bucodental o personal especialmente adiestrado en atención primaria de salud, aplicando la atención primaria en salud bucodental cuando sea posible;
7)
a que desarrollen y apliquen la promoción integrada de la salud bucodental y la prevención de las enfermedades bucodentales entre los niños de edad preescolar y escolar en el marco de las actividades de las escuelas donde se promociona la salud;
8)
a que amplíen la capacidad de formar personal de salud bucodental, incluidos higienistas, enfermeras y auxiliares dentales, velando por que esos auxiliares se distribuyan de forma equitativa en el nivel de atención primaria y por que se disponga del adecuado servicio de apoyo de dentistas, por conducto de los sistemas apropiados de referencia de casos;
9)
a que elaboren y apliquen, en los países afectados por el noma, programas de lucha contra esa enfermedad dentro de los programas de atención integrada a las enfermedades prevalentes de la infancia, de atención materna, y de reducción de la malnutrición y la pobreza, de acuerdo con los objetivos de desarrollo acordados en el plano internacional en relación con la salud, inclusive los contenidos en la Declaración del Milenio;
10)
a que incorporen un sistema de información sobre salud bucodental a los planes de vigilancia sanitaria, de modo que los objetivos de salud bucodental sean conformes con las normas internacionales, y a que evalúen los progresos realizados en la promoción de la salud bucodental;
11)
a que fortalezcan las investigaciones en salud bucodental y utilicen la promoción de la salud bucodental y la prevención de enfermedades bucodentales basadas en datos científicos con el fin de consolidar y adaptar los programas nacionales de salud bucodental, y alienten el intercambio entre países de conocimientos sólidos y experiencias de programas comunitarios de salud bucodental;
12)
a que tengan en cuenta la planificación de los recursos humanos y la fuerza de trabajo para la salud bucodental en el marco de los planes nacionales de salud;
13)
a que aumenten, según corresponda, las dotaciones presupuestarias dedicadas a la prevención y el control de las enfermedades y afecciones bucodentales y craneofaciales;
14)
a que refuercen las alianzas y la compartición de responsabilidades entre las partes interesadas con el fin de obtener el mayor grado posible de recursos en apoyo de los programas nacionales de salud bucodental;
2.
PIDE a la
Directora General:
1)
que fomente la toma de conciencia acerca de los retos mundiales que afronta la mejora de la salud bucodental y de las necesidades específicas y sin par de los países de ingresos bajos y medianos y de los grupos pobres y desfavorecidos;
2)
que vele por que la Organización, en los niveles mundial y regional, preste asesoramiento y apoyo técnico a los Estados Miembros que lo soliciten para la elaboración y la ejecución de programas de salud bucodental en el marco de planteamientos integrados de vigilancia, prevención y gestión de las enfermedades crónicas no transmisibles;
3)
que siga continuamente promoviendo la cooperación internacional y la interacción con todos los interesados, y entre éstos, en la aplicación del plan de acción en salud bucodental, incluidos los centros colaboradores de la
OMS en salud bucodental y las organizaciones no gubernamentales;
4)
que comunique al
UNICEF y a otras organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas que realizan actividades relacionadas con la salud la importancia de integrar la salud bucodental en sus programas;
5)
que refuerce el liderazgo técnico de la
OMS en materia de salud bucodental, incluso aumentando, según proceda, los recursos presupuestarios y humanos en todos los niveles.
(Undécima sesión plenaria ,
23 de mayo de 2007 -
Comisión A, tercer informe)
Comisión A, tercer informe)
Documento A60/16.
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