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EB158.R5

EB158
EB158.R5 Promoción de una farmacovigilancia inteligente y eficaz como herramienta esencial de unos sistemas de salud sólidos, sostenibles, resilientes y con capacidad de respuesta para todos, en todas partes 1
El Consejo Ejecutivo,
Habiendo examinado los informes del Director General sobre la cobertura universal de salud,
RECOMIENDA a la 79.ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente:
( Cuarta sesión, 3 de febrero de 2026)
EB158
La 79.ª Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe del Director General sobre la cobertura universal de salud,
Recordando la resolución WHA16.36 (1963), en la que se instaba a la notificación sistemática de las reacciones adversas graves a los medicamentos y al establecimiento de una vigilancia internacional de la seguridad de los medicamentos, que incluye el Programa OMS para la Vigilancia Internacional de las Reacciones Adversas a los Medicamentos y la designación del Centro de Farmacovigilancia de Uppsala como Centro Colaborador de la OMS para la Vigilancia Farmacéutica Internacional;
Tomando nota de las resoluciones WHA60.20 (2007), WHA61.21 (2008), WHA62.16 (2009), WHA63.12 (2010), WHA65.17 (2012), WHA65.19 (2012), WHA66.22 (2013), WHA67.20 (2014), WHA67.21 (2014), WHA67.22 (2014), WHA68.7 (2015), WHA71.8 (2018) y WHA72.8 (2019), que abordan distintos aspectos relacionados con la necesidad de promover, según proceda, el acceso a medicamentos y otras tecnologías de la salud 2 que sean seguros, eficaces, asequibles y de calidad;
Recordando la resolución WHA61.21, la decisión WHA71(9) (2018) y el documento A71/12, en la medida en que en ellos se examina la función de la transferencia de tecnologías y de la producción local de medicamentos y otras tecnologías de la salud para mejorar el acceso, según proceda;
Recordando la resolución WHA73.1 (2020), relativa a la respuesta integral y coordinada a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), en la que se instaba a intensificar la cooperación y la solidaridad internacionales con el fin de contener, mitigar y superar la pandemia y sus consecuencias mediante respuestas centradas en las personas y sensibles a las desigualdades de género;
Reafirmando el compromiso con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3.8, orientado a lograr la cobertura universal de salud, incluido el acceso para todas las personas a medicamentos y vacunas esenciales que sean seguros, eficaces, de calidad y asequibles;
Reconociendo las enseñanzas extraídas de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y de otras emergencias de salud pública, que pusieron de manifiesto la necesidad de contar con sistemas de farmacovigilancia operativos para la detección y la gestión rápidas de las señales de seguridad asociadas a nuevos productos de salud, incluidas las vacunas y los dispositivos médicos, así como la importancia de comunicar los riesgos de forma oportuna, transparente y precisa para informar a la población, respaldar la toma de decisiones fundamentadas y reforzar la confianza en las intervenciones de salud pública;
Reconociendo que los datos obtenidos mediante la farmacovigilancia muestran que los perfiles de seguridad varían en función del sexo y la edad, en contextos en los que pueden existir diferencias en la notificación, los resultados y la vulnerabilidad frente a acontecimientos adversos;
3, 4
Reconociendo asimismo que, pese a los avances logrados a nivel mundial, persisten desigualdades considerables en la capacidad de farmacovigilancia, dado que muchos países en desarrollo afrontan limitaciones de capacidad y de recursos y aportan una proporción desmesuradamente reducida de los datos mundiales de seguridad, lo que da lugar a una protección desigual de la población frente a los acontecimientos adversos y limita la calidad y la exhaustividad de los datos mundiales en este ámbito;
Reconociendo que en numerosos países han surgido sistemas paralelos de vigilancia de la seguridad en el marco de distintos programas de tratamiento de enfermedades, que con frecuencia funcionan de manera aislada y pueden traducirse en un uso ineficiente de los recursos y en la dispersión de los datos;
Reconociendo el papel fundamental que desempeñan, en el ámbito de la reglamentación, los organismos nacionales y regionales y las instituciones mundiales, así como la colaboración entre ellos, y la necesidad de contar con sistemas de farmacovigilancia exhaustivos e integrados que permitan llevar a cabo evaluaciones sólidas, rápidas y basadas en pruebas del equilibrio entre los riesgos y los beneficios de los medicamentos y de otras tecnologías de la salud;
Reconociendo asimismo que la colaboración entre las autoridades nacionales y regionales y las instituciones mundiales resulta igualmente esencial para subsanar las carencias en materia de creación de capacidad;
Reconociendo también que la aplicación de prácticas correctas de vigilancia, incluso en el contexto de la producción local, es fundamental para fomentar el acceso de los países a medicamentos y otras tecnologías de la salud que sean seguros, eficaces y de calidad garantizada;
Tomando nota del potencial transformador de las tecnologías digitales, de los datos de la vida real y de la inteligencia artificial para reforzar la vigilancia de la seguridad, la detección de señales y la adopción de decisiones en materia de reglamentación;
Reconociendo las dificultades relacionadas con los principios de gobernanza, la privacidad, la interfuncionalidad y el acceso a los datos, 5, 6 así como con la aceptación de estos por parte de los organismos de reglamentación;
Haciendo hincapié en que las estrategias de farmacovigilancia inteligentes, basadas en los riesgos, integradas y colaborativas permiten maximizar el impacto en contextos de recursos limitados de salud pública, acelerar la detección de señales de seguridad, evitar duplicaciones y fomentar la confianza mutua, el reparto de tareas y la adopción de decisiones armonizadas entre los Estados Miembros y las regiones;
Reconociendo que la información errónea y la desinformación sobre la seguridad de los medicamentos, las vacunas y los dispositivos médicos, así como, de manera más general, sobre la ciencia, pueden socavar gravemente la confianza de la población en estos productos que salvan vidas y en los programas de salud pública, y causar perjuicios;
Afirmando que el fortalecimiento de la farmacovigilancia contribuye a la confianza pública en los sistemas de salud y en los programas de inmunización, 7, 8 mejora la seguridad del paciente y es un componente esencial para alcanzar los objetivos de la cobertura universal de salud y de la preparación frente a futuras emergencias de salud, así como la adopción y el impacto de normas y criterios sobre la farmacovigilancia inteligente;
además, tiene importantes repercusiones económicas, al optimizar la asignación de recursos y reducir los costos generales asociados a los eventos adversos;
Observando que los Estados Miembros siguen accediendo a todos los recursos y servicios que ya les ofrece la OMS a través del Centro de Farmacovigilancia de Uppsala, en tanto que Centro Colaborador de la OMS para la Vigilancia Farmacéutica Internacional, y aprovechándolos;
1.
INSTA a los Estados Miembros 9 a que, de acuerdo con su contexto y prioridades nacionales:
1)
impulsen la integración de los sistemas de vigilancia con el fin de optimizar el uso de los datos y las evidencias derivadas de la vigilancia, para una regulación más completa de los medicamentos y otras tecnologías de la salud y de la atención al paciente;
2)
fortalezcan los sistemas nacionales de farmacovigilancia, incluidos los sistemas de notificación del paciente/consumidor, a fin de que los pacientes y los cuidadores puedan notificar fácilmente a las autoridades/instituciones de salud los eventos adversos, y presten apoyo a las actividades de educación y sensibilización sobre la detección y notificación de dichos eventos;
3)
fortalezcan y modernicen los sistemas nacionales de farmacovigilancia en tanto que parte integral de los sistemas regulatorios, de ser aplicable, incluso, si procede, mediante una gobernanza adecuada, financiación interna e internacional y capacidad de recursos humanos (además de los recursos que ya proporciona la OMS a los Estados Miembros sin costo alguno, a través del Centro de Farmacovigilancia de Uppsala);
4)
examinen o fortalezcan la aplicación de los principios de seguridad y vigilancia más allá de los medicamentos y las vacunas para incluir otros productos de salud pertinentes;
5)
adopten enfoques basados en la evidencia, inteligentes y eficaces en materia de farmacovigilancia, para abordar los riesgos más importantes y dar prioridad a actividades y productos de gran impacto, y participen cuando proceda en la labor de ámbito regional o mundial y en mecanismos de confianza para optimizar el uso de los recursos;
6)
elaboren marcos, directrices y manuales jurídicos y regulatorios pertinentes, o fortalezcan los existentes, para apoyar, cuando proceda, las buenas prácticas de farmacovigilancia en tanto que responsabilidad esencial de los fabricantes, en particular en la producción local, a fin de los medicamentos esenciales sean de calidad garantizada;
7)
aprovechen los datos de la vida real, las plataformas digitales y las herramientas innovadoras, en particular la inteligencia artificial y el aprendizaje automático, de manera segura, transparente y ética para mejorar la detección de las señales de seguridad y la respuesta a ellas, manteniendo a la vez la confianza pública;
8)
promuevan la integración de consideraciones de seguridad relacionadas con el sexo y la edad durante el desarrollo, regulación y uso de medicamentos y fortalezcan los sistemas de farmacovigilancia que recopilan, analizan y utilizan sistemáticamente datos desglosados por sexo y edad sobre eventos adversos para diversos grupos poblacionales;
9)
integren la farmacovigilancia en estrategias pertinentes que impulsen la cobertura universal de salud, garantizando el monitoreo de la seguridad del paciente en todos los niveles de atención;
10)
integren la capacitación en farmacovigilancia en las instituciones docentes y fortalezcan la creación de capacidad regulatoria y la capacitación de la fuerza laboral en farmacovigilancia;
11)
colaboren con partes interesadas de ámbito local, regional y mundial, en particular con programas de salud pública, instituciones académicas, el sector privado, cuando proceda, y organizaciones de pacientes, para fortalecer la farmacovigilancia y el intercambio de conocimientos;
12)
establezcan plataformas de coordinación de la farmacovigilancia, o sigan utilizándolas según proceda, junto con asociados y partes interesadas a nivel nacional, regional y mundial para optimizar recursos y tomar decisiones oportunamente;
2.
PIDE al Director General que tenga a bien:
1)
elaborar orientaciones normativas y herramientas técnicas de ámbito mundial, de ser necesario, o seguir actualizando las existentes, en consulta con los Estados Miembros para apoyar la «farmacovigilancia inteligente», teniendo en cuenta la evidencia de la vida real y el uso ético de la inteligencia artificial para fines de farmacovigilancia y en consonancia con las iniciativas actuales en este ámbito;
2)
consolidar parámetros de desempeño para los sistemas de farmacovigilancia y prestar apoyo técnico a los Estados Miembros, cuando lo soliciten, para evaluar y mejorar sus sistemas de farmacovigilancia, en particular la adopción y el impacto de normas y criterios sobre la farmacovigilancia inteligente;
3)
seguir reforzando la colaboración internacional y el intercambio de información, la confianza y el reparto de trabajo para una farmacovigilancia eficaz entre los Estados Miembros y las Regiones, y seguir tomando medidas para fortalecer la alfabetización en materia de salud sobre farmacovigilancia para contrarrestar la desinformación y la información errónea, especialmente facilitando el acceso a información basada en la evidencia y en la ciencia;
4)
apoyar la calidad de los datos, la interfuncionalidad y la participación equitativa de todos los Estados Miembros, en particular los países en desarrollo, basándose en las bases de datos mundiales 10 respetando a la vez la soberanía y protección de los datos;
5)
promover el fomento de la capacidad mediante programas de formación dirigidos a los trabajadores del sector de la salud y sectores afines, incluido el intercambio de conocimientos, y la difusión de las mejores prácticas en el diseño y el funcionamiento de los sistemas de farmacovigilancia;
6)
informar a la 81.ª, 83.ª y 85.ª Asambleas Mundiales de la Salud, en 2028, 2030 y 2032, respectivamente, sobre los progresos en la aplicación de la presente resolución y sobre el estado de los sistemas mundiales de farmacovigilancia, en particular su contribución a la cobertura universal de salud y a la preparación frente a emergencias de salud.
Véanse en el anexo 5 las repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de esta resolución.
La expresión «medicamentos y otras tecnologías de la salud» engloba productos farmacéuticos, vacunas, productos biofarmacéuticos y dispositivos médicos.
Watson S, Caster O, Rochon PA, den Ruijter H. Reported adverse drug reactions in women and men: aggregated evidence from globally collected individual case reports during half a century. eClinicalmedicine. 2019 Dec;17:100188. doi: 10.1016/j.eclinm.2019.10.001.
Aurich B, Apele-Freimane D, Banaschewski T, Chouchana L, Day S, Kaguelidou F, et al. c4c: Paediatric pharmacovigilance: Methodological considerations in research and development of medicines for children – A c4c expert group white paper. British Journal of Clinical Pharmacology. 2021 Oct 26;88(12):4997-5016. doi: 10.1111/bcp.15119.
Condiciones de acceso a datos de VigiBase. Geneva: World Health Organization; 2025. (en inglés) (consultado el 29 de enero de 2026).
VigiAccess: preguntas frecuentes. Geneva: World Health Organization; 2026. (en inglés) (consultado el 29 de enero de 2026).
Iessa N, Sarinic VM, Ghazaryan L, Romanova N, Alemu A, Rungapiromnan W, et al. «Smart Safety Surveillance (3S): Multi-Country Experience of Implementing the 3S Concepts and Principles». Drug Safety. 2021 Oct;44(10):1085‑98. doi: 10.1007/s40264-021-01100-z.
Unmasking safety signals during a pandemic, 6 December 2021. Technical meeting report. Geneva: World Health Organization; 2022 (consultado el 29 de enero de 2026).
Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional.
Véase The global medicines safety database (consultado el 30 de enero de 2026).
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