EB158.R3
EB158
EB158.R3
Fortalecimiento del acceso equitativo al diagnóstico por imagen mediante la telerradiología
1
El
Consejo Ejecutivo,
Habiendo examinado los informes del Director General sobre la cobertura universal de salud,
RECOMIENDA a
la 79.ª
Asamblea Mundial de la Salud
que adopte la resolución siguiente:
(
Cuarta sesión,
3 de febrero de 2026)
EB158
La 79.ª
Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe del Director General;
Recordando la resolución
WHA71.7 (2018) sobre salud digital, la resolución
WHA76.5 (2023) sobre el fortalecimiento de la capacidad en materia de medios de diagnóstico, y la estrategia mundial sobre salud digital 2020-2025,
2 que en conjunto ponen de relieve el papel fundamental de las tecnologías digitales y los medios de diagnóstico para lograr la cobertura universal de salud y los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud;
Reconociendo que el diagnóstico por imagen, incluida la radiología, es un componente esencial de la atención de la salud, indispensable para la detección, el diagnóstico, la gestión, la planificación de los tratamientos y el seguimiento oportunos de enfermedades transmisibles, enfermedades no transmisibles, traumatismos, afecciones de salud materna e infantil y otras afecciones médicas, en particular en los países en desarrollo, incluidos, entre otros, los pequeños Estados insulares en desarrollo y las zonas remotas y desatendidas;
Reconociendo que el acceso a los servicios de radiología sigue siendo limitado en muchos países y dentro de ellos, en particular en los países en desarrollo y en zonas remotas o rurales, y
observando con preocupación la escasez de radiólogos capacitados y certificados y otros profesionales del diagnóstico por imagen, lo que contribuye a retrasos en los diagnósticos o a la falta de estos, al logro de peores resultados de salud y a muertes evitables;
Observando también que la falta de personal capacitado para interpretar las imágenes o las deficiencias de los sistemas de derivación da lugar a una utilización subóptima del equipo y puede limitar el uso eficaz de la capacidad existente en materia de diagnóstico por imagen;
Reconociendo que la telerradiología, el uso de la tecnología de las telecomunicaciones para transmitir e interpretar las imágenes médicas a distancia, puede ofrecer una solución ampliable, costoeficaz y práctica para contribuir a cubrir el déficit de recursos humanos y ampliar el alcance de los servicios de diagnóstico especializados a las poblaciones subatendidas;
Reconociendo que la telerradiología, la transmisión digital segura y respetuosa con la privacidad y la interpretación a distancia de las imágenes diagnósticas pueden ampliar el acceso al diagnóstico por imagen, optimizar el uso de los limitados conocimientos especializados disponibles y mejorar la calidad de la atención, siempre y cuando se respeten las leyes, los reglamentos, las normas y las reglas éticas que rigen esta práctica médica;
Observando que, cuando se aplica de manera adecuada, la telerradiología puede contribuir al logro de la cobertura universal de salud al aumentar la eficiencia, apoyar la educación continua y fortalecer las capacidades de preparación y respuesta;
Reconociendo que, para la integración de la inteligencia artificial y las plataformas de salud digital, incluida la telerradiología, en los servicios de radiología, es necesario garantizar que esas herramientas se desarrollen, validen y desplieguen de forma segura y que su funcionamiento se regule de forma ética, y que se apliquen bajo supervisión clínica, garantizando al mismo tiempo el acceso inclusivo y equitativo, con el fin de optimizar el uso de los limitados recursos especializados, mejorar la calidad de la interpretación y velar por un diagnóstico oportuno en diversos contextos;
Preocupado por la posibilidad de que la adopción no coordinada, la falta de marcos normativos nacionales, la insuficiente protección de los datos y la fragmentación de la infraestructura den lugar a un despliegue no seguro de los servicios de telerradiología;
Considerando que la adopción efectiva y ética de la telerradiología, cuando proceda,
requiere marcos normativos nacionales sólidos, normas reguladoras, directrices de interfuncionalidad y mecanismos de protección de datos seguros para velar por la exhaustividad de la información del paciente, el consentimiento del paciente, la seguridad del paciente y la confidencialidad;
Reconociendo la importancia de la solidaridad, la cooperación y la inversión a nivel internacional para facilitar el intercambio de conocimientos especializados y las mejores prácticas en telerradiología, en particular a través de alianzas entre países, respetando al mismo tiempo la privacidad del paciente y la soberanía nacional en materia de datos;
Consciente de la necesidad de integrar la telerradiología en las estrategias digitales y de salud nacionales y regionales como componente básico para fortalecer los sistemas de salud y acelerar los avances hacia el logro de la cobertura universal de salud y la equidad en materia de salud,
1.
INSTA a los
Estados Miembros a que,
teniendo en cuenta el contexto, las capacidades y prioridades nacionales y regionales, tengan a bien:
–
integrar la telerradiología en las estrategias nacionales de salud, salud digital y diagnóstico, en consonancia con los objetivos en materia de cobertura universal de salud;
–
desarrollar o fortalecer políticas, normas y marcos regulatorios nacionales para una telerradiología segura, ética y eficaz, que abarquen la gobernanza de datos, la privacidad del paciente, la información y las consultas transfronterizas;
–
explorar opciones de financiación sostenible de la infraestructura, cuando proceda, y ampliar el uso de plataformas digitales que permitan la adquisición, transmisión y notificación fiable, segura y sostenible de imágenes, con el objetivo de hacer posible la transmisión y el almacenamiento fiable y seguro de imágenes médicas;
–
reforzar la capacidad del personal a través de programas de educación, formación y tutoría para todos los profesionales implicados, en colaboración con instituciones académicas y profesionales;
–
promover la integración de los sistemas de telerradiología con los sistemas nacionales de información de salud;
–
promover la cooperación y el intercambio de conocimientos regionales e internacionales para maximizar el impacto de los limitados conocimientos especializados disponibles en radiología y facilitar el intercambio de mejores prácticas y conocimientos técnicos,
teniendo en cuenta a los países en desarrollo, incluidos, entre otros, los pequeños Estados insulares en desarrollo;
–
prestar la debida atención a la equidad,
teniendo en cuenta las necesidades de las zonas desatendidas, rurales y remotas, así como las poblaciones vulnerables, en consonancia con las prioridades nacionales y las disposiciones existentes en materia de sistemas de salud;
–
apoyar el uso seguro, fiable, preciso, sólido y ético de la inteligencia artificial y de las herramientas de apoyo a la toma de decisiones en los flujos de trabajo de telerradiología, de manera inclusiva y equitativa, con la validación, la transparencia y la supervisión humana adecuadas, de acuerdo con los protocolos normativos apropiados;
2.
PIDE al Director General que tenga a bien:
–
elaborar y difundir orientaciones normativas, normas y herramientas técnicas que permitan una aplicación segura, ética y eficaz de la telerradiología, que abarquen la interoperabilidad y la protección de datos;
–
proporcionar asistencia técnica a los
Estados Miembros, especialmente a los países en desarrollo, para apoyar el desarrollo de políticas, la creación de capacidades y la planificación de infraestructuras;
–
facilitar la colaboración y las alianzas mundiales y regionales orientadas a la formación, la investigación y el intercambio de conocimientos en materia de radiología y salud digital;
–
mejorar la recopilación de datos sobre la capacidad mundial en el ámbito de la telerradiología a través de los instrumentos existentes de la
OMS;
–
promover la cooperación regional y el intercambio de conocimientos para apoyar la formación, el aseguramiento de la calidad y la asistencia mutua entre los
Estados Miembros;
–
aplicar los párrafos 1) a 5) de la parte dispositiva con arreglo al 14.º
Programa General de Trabajo 2025‑2028, y dentro de los límites de los recursos disponibles, incluidos los derivados de futuros esfuerzos de movilización de recursos, y en el contexto de la aplicación de las resoluciones y estrategias pertinentes, incluidas la resolución
WHA76.5 sobre el fortalecimiento de la capacidad en materia de medios de diagnóstico, la resolución
WHA78.13 (2025) sobre el fortalecimiento de la capacidad en materia de diagnóstico por imagen, y la estrategia mundial sobre salud digital 2020‑2025 (prorrogada hasta 2027)
5 y su sucesora;
–
informar a
la 83.ª
Asamblea Mundial de la Salud,
en 2030, sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución, utilizando los cauces existentes para la presentación de informes.
Véanse en el anexo 5 las repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de esta resolución.
Estrategia Mundial sobre Salud Digital 2020‑2025. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2021 (consultado el 2 de febrero de 2026).
Jing AB, Garg N, Zhang J, Brown J J. AI solutions to the radiology workforce shortage. Npj Health Systems. 2025;2(1): 20. doi: 10.1038/s44401-025-00023-6.
Nigatu AM, Yilma TM, Gezie LD, Gebreworld Y, Gullslett MK, Mengiste SA et al. Barriers and facilitators experienced during the implementation of web‐based teleradiology system in public hospitals of the northwest Ethiopia: An interpretive description study. International Journal of Telemedicine Applications. 2024:5578056. doi: 10.1155/2024/5578056.
Véase la decisión WHA78(22) (2025).
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